Contiene las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Honorable Sala de Representantes y de la primera Comisión Permanente de la Provincia Oriental de 1825.
Durante las 17 sesiones realizadas entre el 18 de agosto y el 12 de noviembre de 1825 se trataron diversos temas como la instalación del cuerpo legislativo, el nombramiento de dos diputados que representarían a la provincia en el Congreso de las Provincias Unidas, la elección del Gobernador y Capitán General y sus facultades, entre otras. Sin embargo, las leyes más importantes para nuestra historia fueron aprobadas el 25 de agosto.
• La primera ley declaró a la Provincia Oriental libre e independiente de Portugal, Brasil y cualquier otro poder extranjero, anulando actos de incorporación forzados anteriores. "Declara írritos, nulos, disueltos y de ningún valor para siempre, todos los actos de incorporación, reconocimientos, aclamaciones y juramentos arrancados a los pueblos de la Provincia Oriental..."
• La segunda ley, la de unión, dispone que “[...] Queda la Provincia Oriental del Río de la Plata unida a las demás de este nombre en el territorio de Sud América, por ser libre y espontánea voluntad de los pueblos que la componen, manifestada con testimonios irrefragables y esfuerzos heroicos desde el primer período de la regeneración política de dichas provincias”.
• La tercera ley, la de pabellón, fijaba como pabellón provincial el tricolor, con tres franjas horizontales celeste, blanca y punzó.