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Carta de Artigas (01/07/1815)

Carta escrita por el General José Gervasio Artigas dirigida a Don Manuel Amenedo Montenegro referente a la situación de la Provincia Oriental y a la anunciada expedición española de 1815.

Gral. José Gervasio Artigas

Carta de Artigas (22/08/1815)

Carta escrita por el General José Gervasio Artigas dirigida a Don Dámaso Antonio Larrañaga, solicitando le envíe sacerdotes como socorro espiritual de la Provincia Oriental.

Gral. José Gervasio Artigas

Actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Sala de Representantes de la Provincia Oriental y de la Comisión Permanente de 1825

Contiene las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Honorable Sala de Representantes y de la primera Comisión Permanente de la Provincia Oriental de 1825.
Durante las 17 sesiones realizadas entre el 18 de agosto y el 12 de noviembre de 1825 se trataron diversos temas como la instalación del cuerpo legislativo, el nombramiento de dos diputados que representarían a la provincia en el Congreso de las Provincias Unidas, la elección del Gobernador y Capitán General y sus facultades, entre otras. Sin embargo, las leyes más importantes para nuestra historia fueron aprobadas el 25 de agosto.
• La primera ley declaró a la Provincia Oriental libre e independiente de Portugal, Brasil y cualquier otro poder extranjero, anulando actos de incorporación forzados anteriores. "Declara írritos, nulos, disueltos y de ningún valor para siempre, todos los actos de incorporación, reconocimientos, aclamaciones y juramentos arrancados a los pueblos de la Provincia Oriental..."

• La segunda ley, la de unión, dispone que “[...] Queda la Provincia Oriental del Río de la Plata unida a las demás de este nombre en el territorio de Sud América, por ser libre y espontánea voluntad de los pueblos que la componen, manifestada con testimonios irrefragables y esfuerzos heroicos desde el primer período de la regeneración política de dichas provincias”.

• La tercera ley, la de pabellón, fijaba como pabellón provincial el tricolor, con tres franjas horizontales celeste, blanca y punzó.

Honorable Junta de Representantes de la Provincia Oriental

Manifiesto de la Junta de Representantes de la Provincia Oriental

Manifiesto de la Junta de Representantes de la Provincia Oriental a los pueblos que representan en el que se aceptaba la Constitución que había sancionado el Congreso Constituyente de las Provincias del Río de la Plata.

Firmas de los presentes:
Francisco Martínez Nieto, Juan Susviela, Lorenzo J. Pérez, Antonio Mancebo, Pedro Francisco de Berro, Francisco J. Muñoz, Francisco Antonino Vidal, Juan Tomás Núñez, Pedro P. de la Sierra, José Álvarez, Ignacio de Zufriategui, Mauricio Pérez, José Francisco Núñez, Manuel del Balle, Alejandro Chucarro, Daniel Vidal, Carlos Vidal, Gabriel A. Pereira (Presidente), Carlos de San Vicente (Secretario)

Honorable Junta de Representantes de la Provincia Oriental

Manifiesto de la Asamblea General, Constituyente y Legislativa

El Manifiesto de la Asamblea General, Constituyente y Legislativa de Uruguay, publicado el 30 de junio de 1830, es un documento donde la Asamblea presenta a los pueblos la primera Constitución aprobada para la República Oriental del Uruguay. Este manifiesto explica los motivos de la creación de la Constitución y busca generar adhesión a la misma.
El contexto de este manifiesto se sitúa en el proceso de independencia y organización política del Uruguay. La Asamblea, asumiendo su poder constituyente, redactó y aprobó la Constitución, marcando un hito en la historia del país. El manifiesto busca legitimar la Constitución y asegurar su aceptación por parte de la población, presentando los fundamentos y principios que la inspiraron.
Comienza expresando "20 años de desastres, de vicisitudes y de incertidumbres nos han dado una lección práctica, de que el amor a la independencia y libertad, el deseo de conseguirla, y los sacrificios por obtenerla no son insuficientes para conservar ese bien...".

Asamblea General, Constituyente y Legislativa del Estado

Dietas de la Primera Legislatura Constitucional

Acta de fecha 18 de julio de 1830 en que se discute y se aprueba un proyecto relativo a las dietas (remuneración) para los representantes y senadores durante la Primera Legislatura constitucional.

Asamblea General, Constituyente y Legislativa del Estado

Libro 1º de Correspondencia de la Honorable Asamblea General y Legislativa del Estado Oriental del Uruguay

Contiene la correspondencia de la Honorable Asamblea General y Legislativa del Estado y el Gobierno provisional durante los años 1828 y 1830. Contiene un índice alfabético.

Asamblea General, Constituyente y Legislativa del Estado

Constitución del año 1830

Sección I: De la Nación, su soberanía y Culto; Sección II: De la Ciudadanía, sus derechos, modo de suspenderse y perderse; Sección III: De la forma de Gobierno y sus diferentes Poderes; Sección IV: Del Poder Legislativo y sus Cámaras; Sección V: De las Sesiones de la Asamblea General, gobierno interior de sus dos Cámaras, y de la Comisión Permanente; Sección VI: De la proposición. discusión, sanción y promulgación de las Leyes; Sección VII: Del Poder Ejecutivo, sus atribuciones, deberes y prerrogativas; Sección VIII: De los Ministerios de Estado, Sección IX: Del Poder Judicial, sus diferentes Tribunales y Juzgados, y de la Administración de Justicia; Sección X: Del gobierno y administración interior de los Departamentos; Sección XI: Disposiciones generales; Sección XII: De la observación de las leyes antiguas, publicación y juramento, interpretación y reforma de la presente Constitución.

Asamblea General, Constituyente y Legislativa del Estado

Proyecto aprobado de la Constitución de la República

Sección I: De la Nación y su soberanía; Sección II: De la ciudadanía y sus derechos, modos de suspenderse y perderse; Sección III: De la forma de Gobierno y sus diferentes Poderes; Sección IV: Del Poder Legislativo y sus Cámaras; Sección V: De las sesiones de la Asamblea General, gobierno interior de sus dos Cámaras, y de la Comisión Permanente; Sección VI: De la proposición, discusión, sanción y promulgación de las Leyes; Sección VII: Del Poder Ejecutivo, sus atribuciones, deberes y prerrogativas; Sección VIII: Del Consejo Nacional de Administración, sus atribuciones, deberes y prerrogativas; Sección IX: De los Ministerios de Estado; Sección X: Del Poder Judicial, sus diferentes Tribunales y Juzgados de la Administración de Justicia; Sección XI: Del gobierno y administración local; Sección XII: Derechos y garantías; Sección XIII: De la observancia de las leyes antiguas, cumplimiento, interpretación y reforma de la presente Constitución; Disposiciones transitorias. Resolución aprobatoria y fijación de fecha para el plebiscito. Firmas

Constitución del año 1918

Sección I: De la Nación y su soberanía; Sección II: De la ciudadanía y sus derechos; Sección III: De la forma de Gobierno y sus diferentes Poderes; Sección IV: Del Poder Legislativo y sus Cámaras; Sección V: De las sesiones de la Asamblea General; Sección VI: De la proposición, discusión (sanción y promulgación de las leyes); Sección VIII: Del Consejo Nacional de Administración, sus atribuciones, deberes y prerrogativas; Sección IX: De los Ministros de Estado; Sección X: Del Poder Judicial, sus diferentes Tribunales y Juzgados de la Administración de Justicia; Sección XI: Del gobierno y administración local; Sección XII: Derechos y garantías; Sección XIII: De la observancia de las leyes antiguas, cumplimiento, interpretación y reforma
de la presente Constitución. Disposiciones transitorias

Convención Nacional Constituyente

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